En todos los casos son orientativos y no revisten confirmación. Las solicitudes de servicios se regirán por las condiciones que a continuación se detallan:
Los servicios que se especifican en el itinerario correspondiente a lo contratado.Transporte de ida y vuelta, cuando este servicio esté expresamente incluido en el detalle de servicios, con el tipo, características y categoría que conste en dicho detalle, de acuerdo a si el servicio es regular, chárter o con sistema de block off (bloqueo) y de acuerdo a los destino con o sin escalas y/o conexiones; asistencia al viajero conforme las condiciones del servicio en caso de corresponder y/o su modalidad esté expresamente indicada en el voucher respectivo; alojamiento en los hoteles mencionados en los itinerarios u otros de igual o mayor categoría —en caso de cambio—, en habitaciones simples, dobles o triples, según la cantidad de pasajeros alojados, con baño privado e impuestos incluidos, salvo estipulación expresa en contrario y/o salvo en ciudades y/o países que cobren tasas de pernocte directamente al pasajero; régimen de comidas, según se indique en cada oportunidad; visitas y excursiones que se mencionen. Traslados hasta y desde aeropuertos, terminales y/u hoteles, cuando se indique. La cantidad de días de alojamiento prevista en el voucher de servicios, considerando que el día de alojamiento hotelero se computa desde las quince horas y finaliza a las doce horas del día siguiente, independientemente de la hora de llegada y de salida y/o de la utilización completa o fraccionada del servicio de hotelería. Atento que la legislación hotelera es de índole local, si por motivos inherentes a ella el horario de finalización del alojamiento fuere anterior a las doce horas, las habitaciones podrán ser ocupadas hasta la hora de salida que indique el hotel al hacer el ingreso, y esta compañía no podrá efectuar modificación alguna sobre dicha circunstancia, ni atender situaciones especiales. Pasado el límite horario, el pasajero deberá abonar al hotel la tarifa correspondiente, conforme las que se encuentren vigentes y/o rack rate o tarifa de mostrador que podrá variar respecto de la abonada a la agencia. La duración del tour será indicada en cada caso tomando como primer día el establecido en la documentación de viaje, y como último, el día de salida del destino, independientemente de los horarios de salida o de llegada, de origen y a destino, respectivamente. Servicios de hotelería: en general, los establecimientos hoteleros poseen escasa cantidad de habitaciones con disponibilidad triple; por lo que es corriente que ocurra que las habitaciones triples se conformen con una habitación doble a las que se le agrega una cama adicional de tipo desarmable, lo que podría limitar la comodidad funcional de la misma, dicha limitación es aceptada por el pasajero, liberando al hotel, a esta empresa y/u al operador mayorista de cualquier responsabilidad al respecto. Servicios en Estados Unidos de América y México: las habitaciones disponen de dos camas matrimoniales tipo Queen, en las que se permite acomodar de una a cuatro personas a la misma tarifa; por lo que cuando se indica DBLFP, tanto en México como en Estados Unidos de América, se entiende que son habitaciones que albergan hasta a 2 adultos y hasta 2 menores de hasta 12 años, en una misma habitación con dos camas de 2 plazas tipo Queen, todo ello en tanto las medidas sanitarias así lo autoricen y hasta nuevo aviso. La categoría de los hoteles que se incluyan en los itinerarios son las oficiales otorgadas por las autoridades turísticas del sitio geográfico en el que se encuentran y su otorgamiento y control es administrativo. La Empresa no asume responsabilidad alguna sobre los criterios que rijan ese control y otorgamiento.
Esta compañía -o los operadores locales- tendrán el derecho de hacer que abandone el tour y/o los servicios turísticos en cualquier punto del itinerario todo pasajero cuya conducta disruptiva, modo de obrar, estado de salud y/u otras razones graves a juicio de esta compañía -o de los prestadores locales en cada destino- provocaren peligro y/o causaren molestias a los restantes viajeros y/o que pudiere malograr el éxito de la excursión y/o su normal desarrollo. En esos casos, se aplicarán las penalidades establecidas en el capítulo “Alternaciones o Modificaciones”. En todos los casos, es condición esencial que los pasajeros obren de buena fe, respeto por las personas que componen el grupo, sus bienes, las instalaciones de los establecimientos hoteleros, medios de transporte, lugares de visita o excursiones y a los guías, todo de acuerdo con estándares de conducta que permitan y faciliten la convivencia grupal en todo momento. Asimismo, el pasajero se obliga a adoptar todas las medidas de seguridad sanitaria que dispongan las autoridades del lugar de destino, los establecimientos hoteleros, las aerolíneas, los transportistas, los restaurantes, etc. El pasajero se obliga y toma a su cargo hacer los tests sanitarios que exijan autoridades o empresas vinculadas con el viaje. Siempre deberá consultar si el prestador o las autoridades tienen normas sanitarias exigidas como condición de ingreso, de acuerdo con su nacionalidad o condición etaria.
Para los viajes al exterior, la agencia informa y el pasajero debe atender especialmente la legislación vigente en cada caso respecto del destino elegido. Esta compañía le ha informado clara y fehacientemente y con anticipación suficiente sobre los requisitos que exijan las autoridades migratorias, aduaneras y/o sanitarias de los destinos que incluye el tour, siendo responsabilidad exclusiva del pasajero contar con la documentación personal que exijan las autoridades en cada caso y destino. Es obligación inexcusable del pasajero obtener y presentar la documentación en los momentos en que le sea requerida por la autoridad migratoria, policial y/o sanitaria y/o quien correspondiera de acuerdo con el tipo de viaje elegido. El pasajero se obliga, a su cargo, a tramitar el pasaporte sanitario que exigiere el origen y/o destino de viaje. El pasajero es responsable de informarse adecuadamente sobre la documentación necesaria, visados y vacunas, así como los requisitos migratorios de los países extranjeros. Por haber sido informado y deber de informarse, no se asume responsabilidad por deficiencias de cualquier naturaleza en la documentación, tramitación y/o falta de visados, errores en la emisión de los documentos personales, vigencia de pasaportes y/u otros documentos de viaje, permisos para viajes con menores etc. En caso de documentación no presentada adecuadamente, visados y/o vacunas que impida al pasajero salir, entrar, permanecer y/o transitar en algún país, se aplican las condiciones establecidas en el apartado “Alternaciones o Modificaciones”. Aquellos pasajeros que no cuenten con documentos de viaje en regla podrán tramitar su pasaporte y/u otro documento conforme las precisiones que se indican en el sitio https://www.argentina.gob.ar/tramitar-el-pasaporte. En algunos aeropuertos argentinos se pueden tramitar el pasaporte al instante. Consulte: http://www.mininterior.gov.ar/NuevoPasaporte/al-instante/al-instante.php. Consulte en el sitio https://www.cancilleria.gob.ar/es/servicios/documentacion/visas-para-argentinos para conocer si Ud. requiere visado de ingreso al país de destino. Si el pasajero tiene nacionalidad distinta a la argentina, deberá informar dicha situación a esta empresa y solicitar se le informe sobre los requisitos exigidos por el destino de su viaje conforme la nacionalidad que ostente. En caso de viajar con menores, los pasajeros deberán llevar toda la documentación exigida por la autoridad migratoria. Al respecto, deberá consultar el sitio web: http://www.migraciones.gov.ar/accesible/indexA.php?doc_pais (solapa Procedimiento para Niños, Niñas y Adolescentes). Se sugiere consultar específicamente los servicios oficiales de información sobre medicina del viajero http://msal.gob.ar/viajeros y de la Cancillería Argentina respecto de las medidas y requisitos a tener en cuenta para cada destino. Es responsabilidad del pasajero atender especialmente a las informaciones ofrecidas por el Agente de viajes sobre el destino elegido y sobre los protocolos de seguridad de los establecimientos hoteleros, navieras y compañías aéreas especialmente post-pandemia en tanto las medidas pueden variar sustantivamente de acuerdo con la evolución de la situación sanitaria en cada país. Es responsabilidad del pasajero informar debida y correctamente a la Agencia de viajes la totalidad de sus datos personales y de las personas que viajen con él, tanto en cuanto a nombres completos y correctos, nacionalidad, números y tipo de documento requeridos, y demás datos que se le soliciten de acuerdo al destino; deberá informar si los pasaportes y/u otra documentación exigida para viajar están debidamente actualizados y encontrarse en condiciones adecuadas, legibles y en buen estado, además de los datos de contacto necesarios y solicitados por las aerolíneas y/o transportadores y/u operadores, por cuestiones de seguridad y conforme las normas internacionales vigentes en materia de PNR. Es obligación del pasajero informar por escrito a la Agencia de viajes sobre necesidades especiales que requiriera tanto en vuelo como en aeropuertos y excursiones. De acuerdo con el destino de viaje elegido, podrían existir sitios, excursiones y/o lugares con dificultad o imposibilidad de acceso para personas con movilidad reducida, razón por la cual podría ocurrir que alguna/s excursión/es no puedan ser brindadas por el operador turístico local por imposibilidad fáctica. En tales casos, de conformidad con lo establecido en la ley 25.643, se informará sobre cuál o cuáles paseos o excursiones podrían verse impedidos de realización y/o afectados en su desarrollo. Los servicios no prestados por dicha circunstancia no son reembolsables. Para viajar al exterior de la República Argentina, los menores de 18 años de edad deberán tener autorización expresa, conforme la Ley 26.994 y Disposiciones de la DNM, otorgada por ambos progenitores ante Escribano Público Nacional con la Legalización del Colegio Público correspondiente *(para C.A.B.A. ver registro electrónico de Autorizaciones de menores de edad en *https://www.argentina.gob.ar/procedimiento-para-ninos-ninas-y-adolescentes); Cónsules argentinos y extranjeros. Debe estar legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto o Apostillado. Consultar Pagina del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Autorizaciones de viaje de menores de edad exceptuadas de legalización consular. Son las expedidas en Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay); Autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, Agentes de esta Dirección Nacional, Jueces de paz; otras Autoridades Administrativas y Judiciales habilitadas a certificar firmas con la acreditación de la norma que le otorga tal habilitación, Jueces competentes. Si el menor viajase con ambos progenitores, además de los documentos de identidad y visas de todo el grupo familiar, también deberán exhibir el original de la libreta de matrimonio (original) o la partida de nacimiento legalizada a fin de la justificación de los vínculos filiatorios, testimonio Judicial de adopción u otro instrumento público que dé plena fe del vínculo que invocan o de la Tutela o Curatela o DNI de formato digital donde figuren los datos filiatorios de ambos padres. Si el menor viajase con uno solo de los progenitores o tutores, además de los requisitos antes mencionados, deberá exhibir, ante la autoridad migratoria nacional, la autorización del progenitor que no viaja, otorgada también por ante Escribano Público Nacional, con su firma legalizada, y/o en las dependencias y organismos arriba mencionados. Si uno de los progenitores hubiese fallecido, deberá aportarse, además, certificado o partida de defunción. Para más información, el pasajero deberá consultar la siguiente página web: http://www.migraciones.gov.ar/accesible/indexA.php?doc_pais (solapa Procedimiento para Niños, Niñas y Adolescentes) Debido a normas internacionales, todos los documentos de viaje deben tener fotografía del menor a que corresponde el documento de identidad, actualizada. En los casos de permisos de viaje para hacerlo a países de habla inglesa, el permiso de salida de Argentina debe estar traducido por traductor público nacional y su firma debidamente legalizada ante el Colegio de Traductores de la localidad de matriculación del traductor. Los sitios mencionados para obtener información en cada caso son solo sugerencias que podrán modificarse sin previo aviso. La Agencia y el pasajero son responsables de obtener la información en los organismos oficiales pertinentes. A partir del día 7 de septiembre de 2020, la Dirección Nacional de Migraciones ha dispuesto nuevas condiciones para ingresar y egresar del país, todos los pasajeros y pasajeras deben completar la DDJJ que deben descargar del siguiente enlace: http://ddjj.migraciones.gob.ar/app Esta empresa no será responsable por la tramitación y vigencia de la documentación del viajero y sus acompañantes como tampoco respecto de los inconvenientes que por tal causa pudiera sufrir, y será a cargo del pasajero todos los gastos que correspondan por demoras y/o abandono del viaje motivaos por falta o deficiencia de la documentación necesaria para su realización.
Rige lo estipulado en el punto anterior. Sin perjuicio de ello, en estos casos sólo se reintegrará la proporción del precio correspondiente a los servicios terrestres en caso de corresponder (hotelería, pensión, excursiones) tal como determine el organizador, según la modalidad con que opere el prestador del servicio. Toda vez que el pasajero ha sido debidamente informado por la Agencia de Viajes de todo el detalle del viaje en el primer documento o información emitidapor esta empresa, y que los prestadores aéreos y/o transportistas pueden por razones de mejor servicio producir alteraciones en los horarios, postergaciones y/o cancelaciones, comodidades y/o equipos utilizados, etc. la Agencia de Viajes no asume responsabilidad alguna, más allá de la debida información, y deja constancia que en el caso de transporte aerocomercial se aplican las normas sobre el contrato de transporte aéreo y sus limitaciones, conforme Convenio de Montreal, Ley 26.451, Res. 1532/98 MEOySP y sus modificatorias, Decreto Nacional 1.470/97; en el caso de transporte terrestre, las normas de del Código Civil y Comercial de la Nación, ley 26.994. Se informa que el billete de transporte aéreo tiene una vigencia de un año desde la fecha de su emisión, independientemente de las fechas de partida y regreso y que, emitido, constituye el único contrato entre las transportadoras y el pasajero. Es perentorio que el pasajero contrate juntamente con la reserva y pago de los demás servicios un seguro cuya cobertura incluya los cargos de cancelación del transporte. Para hacerla efectiva, el pasajero deberá efectuar el reclamo pertinente ante la aseguradora en cuestión. Conforme las leyes vigentes, cuando el transporte se lleve a cabo por medios aéreos, terrestres, de locomoción, lacustre, fluviales o marítimos, el viajero se somete expresamente a las normas propias de cada contratación, por lo que las indemnizaciones a que hubiere lugar y que pudieren pagar los responsables, serán abonadas a los beneficiarios, interesados o representantes legales directamente, en la moneda, oportunidad y lugar que determine el responsable del servicio, con las limitaciones que en cada caso las normas establezcan. Los aeropuertos están sujetos a condiciones de tráfico, operatividad, clima y condiciones sanitarias; los horarios son aproximados, sin perjuicio de lo cual el pasajero deberá cumplir estrictamente los horarios pautados por las líneas aéreas y/o transportistas en cuanto a su presentación ante los mostradores de embarque. En consecuencia, el pasajero se notifica expresamente que los horarios de partida y arribo son tentativos y podrían modificarse conforme decisión de la transportadora o de las autoridades aeroportuarias. Por tanto, la Agencia de Viajes está exenta de toda responsabilidad debido a dicha contingencia y sus consecuencias en el desarrollo del itinerario del pasajero. La Agencia de Viajes no es responsable en ningún caso por retrasos, cambios de horarios, o anulaciones de los vuelos, y tampoco de los gastos que dicha situación origine, atento la especialidad de la legislación en materia de transporte aerocomercial. Los pasajeros que no se presenten a embarcar, perderán inexorablemente el monto abonado y la posibilidad de efectuar cambios y/o reclamaciones respecto de las reservas con bloqueos y/o charters. Toda reclamación en virtud de servicios aéreos deberá canalizarse a través de http://www.anac.gov.ar/anac/web/index.php/2/185/tramites/reclamos-quejas. El equipaje permitido en vuelo, es el que permita la tarifa que haya elegido el pasajero y en los circuitos, será de una maleta por pasajero, y estará sujeto a las limitaciones y reglamentaciones en materia de pesos y medidas que impongan los transportistas conforme el medio de transporte utilizado; y en todos los casos, es transportado por cuenta y riesgo de aquél. Se sugiere controlar el peso permitido por las aerolíneas transportadoras, puesto que en caso de utilizar diferentes transportadoras éstos podrían variar el peso permitido a los pasajeros y/o las dimensiones del equipaje permitido tanto en cabina como en bodega, máxime si los vuelos son de diferentes compañías o no se encuentran todos registrados en una misma reserva. En tanto, el pasajero tiene el deber de custodiar su equipaje de mano y/o equipaje no despachado durante todo el tiempo que dure la transportación por no ser responsables las transportadoras, conforme legislación vigente. No se responde por daños en el equipaje, pérdida o deterioro de equipajes.
El derecho que confiere al cliente el contrato de servicios turísticos podrá ser cedido o transferido a otras personas hasta 30 días antes de la fecha de salida, siempre que no se opongan a ello las prescripciones del transportista, del hotelero o del prestador de los servicios y el pasajero comunique tal decisión de manera fehaciente a la empresa con una anticipación no menor a 30 días a la fecha de salida. En los supuestos que los pasajeros sean de distintas edades (mayores-menores), se ajustará el precio tarifas vigentes al momento de la solicitud. En todos los casos de cesión o transferencia, la Agencia de Viajes podrá percibir un cargo del 10% del monto convenido. Por normas internacionales de seguridad, los billetes que conforman el contrato de transporte aéreo y/o marítimo no son transferibles a terceros, como tampoco todos aquellos servicios que por disposición del prestador no permitan tal cesión.
Toda cuestión que surja con motivo de la celebración, cumplimiento, incumplimiento, prórroga o rescisión del presente, podrá ser sometida por las partes a la resolución del Servicio Nacional de Arbitraje de Consumo, puntualmente el servicio de Arbitraje Turístico implementado por la Resolución 65/2018. Al respecto ver: https://www.produccion.gob.ar/tramites/sistema-nacional-de-arbitraje-del-consumo-50052 y/o el Tribunal Arbitral de la Federación Argentina de Empresas de Viajes y Turismo y/o de los Tribunales Arbitrales que funcionen en sus respectivas Asociaciones Regionales en tanto éstos fueren conformados. En caso de sometimiento a dicha jurisdicción, los contratantes se sujetan y dan por aceptadas todas las condiciones establecidas por la Reglamentación del Tribunal Arbitral que les será entregada por éste, oportunamente.
El presente, y en su caso la prestación de los servicios se regirá por estas condiciones generales, por la Ley N° 18.829, su decreto reglamentario y normas concordantes, así como el Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley de Defensa del Consumidor, conocida por las partes. Toda la documentación que se genere a favor del pasajero y se entregue a la Agencia como consecuencia del viaje, conformará el Contrato de Viaje, y es información confidencial, protegida por La Ley de Protección de Datos Personales – Ley 25326. En materia aerocomercial, rigen las estipulaciones del Código Aeronáutico, Conv. Montreal y Res. 1532/98 M.E.O.y S.P. Respecto de los pagos, rigen las Comunicaciones de BCRA relativas a giro de divisas al exterior vigentes a la fecha y las normas del Código Civil y Comercial de la Nación en materia de obligaciones de dar dinero cuando se trate de moneda de curso legal o de dar cosas cuando se trate de moneda extranjera.
El hecho de efectuar el pago del derecho de inscripción o la reserva del viaje, implica por parte, tanto de la agencia como del/de los pasajeros, el pleno conocimiento y total conformidad con estas Condiciones Generales. Todos los servicios ofrecidos se encuentran sujetos a las modalidades, condiciones de cancelación y/o de devolución que establezcan los operadores turísticos, las compañías aéreas y fundamentalmente las disposiciones sanitarias dispuestas por las autoridades gubernamentales y/o migratorias de cada uno de los destinos, sean interiores o en viajes al exterior, todo ello informado detalladamente previo a la compra en cada oferta en particular. Estas condiciones generales se informan presencialmente, o por medios digitales (correo electrónico, whatsapp) o bien por cualquier otro medio consentido por las partes para la contratación y asimismo, se encuentran publicadas en el sitio web de www.tannatviajes.tur.ar, conforme dispone el artículo 4to de la Ley 24.240, modificado por el art. 169 del decreto 27/2018 yRes. 915-E/2017. TANNAT VIAJES EVT. Leg 15.632 Resol. 2551/14, con domicilio social en calle 40 N° 870 de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, Argentina, Tel. (221) 4831115, info@tannatviajes.tur.ar, CUIT 30-71532597-3. Las partes se valen de técnicas de la comunicación e información, conforme el art. 1106 CCCN, y la instrumentación del contrato de viaje se hará presencial o por medios electrónicos, conforme autoriza el art. 287 CCCN, de conformidad con la forma de contratación que las partes opten. Es parte de los términos de esta contratación que la oferta está sujeta a las correspondientes autorizaciones gubernamentales y/o sanitarias nacionales y/o extranjeras vigentes a la fecha del comienzo o finalización del viaje/estadía. Las aerolíneas/navieras y demás prestadores vinculados a su viaje podrán disponer protocolos que deberán ser necesariamente observados por los pasajeros, los que se informarán previo al inicio de su viaje/estadía. El pasajero deberá estar atento a la información dinámica de las autoridades de los diferentes países destino de su viaje.
En caso de efectiva divergencia entre los servicios ofrecidos y los servicios contratados, el pasajero podrá recurrir al Ministerio de Turismo de la Nación, sito en Suipacha 1111, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Tel.: 4316-1600 y/o a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, Julio A. Roca 651, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o a las Oficinas del consumidor correspondientes según su domicilio. If the tourist services aren´t as you´ve paid for, you´re allowed to contact Argentina Tourist Authority, at 1111 Suipacha St., 7th floor, Buenos Aires, Argentina or Consumer Defense Bureau at Julio A. Roca 651, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (cfr. Ley 25.651) or to the corresponding consumer offices according to your address.